Respuesta corta
A nivel estatal no necesitas autorización: la LOTT permite alquilar vehículos sin conductor libremente si cumples tus obligaciones fiscales, laborales y de seguridad vial.
Te das de alta en Hacienda (modelo 036, epígrafe IAE 854.1) y en la Seguridad Social, destinas la flota al servicio de alquiler y la aseguras. Canarias exige comunicación previa y 20 vehículos, y Eivissa y Formentera limitan la flota de alquiler.
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Montar un rent a car en España es sobre todo papeleo fiscal, seguros y una buena elección de flota. La licencia de transporte que muchos dan por hecha no existe a nivel estatal desde hace años. Lo que sí cambia mucho es el sitio: abrir en Madrid no se parece a abrir en Gran Canaria o en Eivissa. Esta guía sigue el orden en que conviene hacer las cosas, con lo que cuesta el primer año y una checklist para el día de apertura. Se centra en turismos; al final verás qué cambia con motos, scooters y barcos.
¿Necesitas una autorización para alquilar coches sin conductor?
A nivel estatal, no. El artículo 133 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) dice que el arrendamiento de vehículos sin conductor «podrá ser realizada libremente» por las empresas que cumplan sus obligaciones fiscales, sociales, laborales y de seguridad ciudadana o vial. La Ley 9/2025 volvió a modificar ese artículo en diciembre de 2025, pero solo para incluir el carsharing por aplicación como otra modalidad de alquiler sin conductor. La libertad de ejercicio sigue igual.
El Reglamento de la LOTT todavía conserva dos reglas prácticas (artículo 176):
- Los contratos se celebran en los locales de la empresa o en delegaciones en hoteles, agencias de viajes o complejos turísticos, pero la formalización y la entrega del vehículo pueden hacerse en otro lugar si la contratación previa está garantizada.
- Los precios no están sujetos a tarifa administrativa, pero si alquilas turismos debes tenerlos expuestos al público.
Las excepciones están en las islas:
- Canarias. El Decreto 72/2012, que desarrolla la Ley 13/2007 de transporte por carretera de Canarias, somete el alquiler sin conductor de vehículos de tres o más ruedas a una comunicación previa ante el Cabildo, con treinta días de antelación. Exige al menos 20 vehículos, todos con menos de un año en la fecha de la comunicación y como máximo siete años de antigüedad (nueve si superan los 1.500 cm³). También pide un local abierto al público dedicado solo al alquiler, garaje para el 25 % de la flota (8 m² por vehículo), los seguros obligatorios y la inscripción en el Registro Canario de Operadores de Transporte. El Cabildo de Gran Canaria, por ejemplo, tramita esta comunicación y pide también el justificante del seguro de ocupantes.
- Eivissa y Formentera. La Ley 5/2024 (Eivissa) y la Ley 7/2019 (Formentera) permiten al Consell insular fijar cada temporada un número máximo de vehículos de alquiler que pueden entrar y circular. En Eivissa, desde el 1 de enero de 2025, las empresas comunican a diario las matrículas que entran y salen de la isla, y el Consell reparte las acreditaciones con un mecanismo que debe dejar entrar a nuevos operadores. Antes de comprar un solo coche para esas islas, averigua si puedes conseguir cupo.
Además, tu ayuntamiento puede exigir licencia de actividad o declaración responsable para el local o el aparcamiento. Pregunta antes de firmar un alquiler.
Paso a paso para abrir tu rent a car
Elige la forma jurídica: autónomo o SL
Autónomo es lo más rápido y barato: te das de alta y empiezas. Si es tu primera alta o llevas dos años sin estar de alta, el artículo 38 ter del Estatuto del trabajo autónomo te da una cuota reducida durante los primeros doce meses, ampliable otros doce si tus rendimientos netos no llegan al salario mínimo. El Real Decreto-ley 13/2022 la fijó en 80 € al mes para 2023–2025. Desde 2026 la cuantía la fija la Ley de Presupuestos, así que confírmala antes de darte de alta. El inconveniente es que respondes de las deudas con todo tu patrimonio.
Una SL separa tu patrimonio del negocio. Según la Ley de Sociedades de Capital, el capital mínimo es de 1 €, pero mientras no llegues a 3.000 € tienes que destinar al menos el 20 % del beneficio a reserva legal, y en una liquidación los socios responden de la diferencia hasta 3.000 €. Con coches financiados y siniestros posibles, muchos fundadores eligen SL. Decídelo con tu asesor.
Date de alta en Hacienda y en la Seguridad Social
El alta censal se hace con el modelo 036. Desde el 3 de febrero de 2025 el modelo 037 ya no existe. En el 036 declaras la actividad en el epígrafe 854.1 del IAE, «Alquiler de automóviles sin conductor». El 854.2 es el renting, que es otra actividad.
Probablemente no pagarás el IAE. Según la Ley de Haciendas Locales, están exentas las personas físicas, las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1.000.000 € y cualquiera en sus dos primeros años de actividad. Aun así, tienes que darte de alta en el epígrafe. Después toca la Seguridad Social (RETA como autónomo, o alta de la empresa y de los trabajadores si contratas) y pedir tu NIF si constituyes una sociedad.
Comprueba las normas de tu comunidad y tu municipio
Si abres en Canarias, Eivissa o Formentera, este paso decide el tamaño y la antigüedad de tu flota (ver arriba). En el resto de España, revisa sobre todo lo que pida tu comunidad autónoma y tu ayuntamiento para el local o el aparcamiento.
Consigue la flota: compra, financiación o renting
Comprar, al contado o financiado, te da control total y un valor de reventa. Una ventaja poco conocida: la Ley de Impuestos Especiales exime del impuesto de matriculación a los coches afectos efectiva y exclusivamente a la actividad de alquiler. La exención no vale si cedes el mismo coche más de tres meses a la misma persona en un periodo de doce meses. El renting reduce el desembolso inicial, pero lee el contrato: tiene que permitirte subarrendar el coche a terceros, porque muchos lo prohíben.
Sea como sea, el servicio al que se destina el vehículo figura en el permiso de circulación. El anexo II del Reglamento General de Vehículos tiene un código propio para el alquiler sin conductor (01). Si compras coches matriculados como particulares, pide a tu gestoría el cambio de servicio ante Tráfico.
Sobre la ITV: el Real Decreto 920/2017 no tiene una categoría aparte para el alquiler sin conductor, así que los turismos siguen la tabla general. Están exentos hasta los 4 años, pasan cada dos años de los 4 a los 10 y cada año a partir de los 10. Con coches nuevos no pasarás ninguna ITV hasta el quinto año.
Asegura cada vehículo
El seguro de responsabilidad civil obligatoria (la TPL) es obligatorio para cada vehículo según el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 8/2004. Lo suscribe el propietario, así que no vale el seguro de un particular. Para una flota de alquiler suelen añadirse daños propios o todo riesgo con franquicia, robo, asistencia en carretera y defensa jurídica, además de un seguro de responsabilidad civil para el local. Pide presupuesto a un corredor que trabaje con flotas de alquiler y alinea la franquicia del seguro con la fianza que vas a pedir. Cómo retenerla en tarjeta lo explicamos en la guía de preautorización.
Decide: local, entrega a domicilio o las dos cosas
Fuera de Canarias puedes empezar sin mostrador. La regla del Reglamento de la LOTT (contratación previa garantizada, entrega en otro lugar) encaja con la reserva online y la entrega en el hotel, el puerto o el aeropuerto. Un local da confianza y sirve para clientes sin reserva, pero es tu mayor coste fijo. Muchos operadores empiezan con entrega y abren local cuando la ocupación lo justifica.
Prepara el contrato, la inspección y el registro de viajeros
Antes de la primera entrega necesitas tres cosas:
- Un contrato con condiciones claras de daños, franquicia, combustible, multas y conductores. Tienes el detalle cláusula por cláusula en nuestra guía del contrato de alquiler.
- Una inspección con fotos en la entrega y la devolución, firmada por el cliente. Sin ella no podrás demostrar cuándo apareció un daño.
- El registro de viajeros: como empresa de alquiler de vehículos a motor tienes que comunicar los datos del cliente al Ministerio del Interior. Plazos y datos, en la guía del registro de viajeros. Renviq guarda los datos, pero la comunicación la haces tú.
Fija precios, impuestos y canal de reservas
Define tarifa diaria, temporadas, fianza y extras. Las ideas para tarificar por temporada están en la guía de precios de temporada. En la Península y Baleares facturas con IVA; en Canarias, con IGIC. Qué tipo aplicar lo explicamos en la guía del IVA en el alquiler. Para no depender solo de intermediarios, abre desde el principio un canal de reservas directas.
Renviq tiene reservas con calendario y control de solapamientos, precios por temporada y una página de reservas online con tu marca en 9 idiomas. Lo que no hace: no tiene app nativa (la web funciona en el móvil), no se integra con datáfonos (los cobros con tarjeta en persona y en efectivo se registran a mano), las retenciones en tarjeta necesitan tu propia cuenta de Stripe, no declaramos cumplimiento de Verifactu y aplica un único tipo de impuesto por empresa.
Haz un alquiler de prueba antes de abrir
Reserva un coche a nombre de un amigo y recorre el ciclo entero: contrato, fianza, inspección, registro de viajeros, devolución y factura. Encontrarás los fallos antes que tus clientes.
¿Cuánto cuesta el primer año?
No hay estadísticas oficiales de lo que cuesta abrir un rent a car, y los precios de flota y seguros dependen de tu zona y de tu historial. La tabla separa lo que fija la ley de lo que tienes que presupuestar. El ejemplo es un cálculo propio para 5 turismos nuevos, autónomo, en la Península; el precio por coche es un supuesto, no un dato de mercado.
| Concepto | Qué fija el importe | Ejemplo (5 turismos, autónomo) |
|---|---|---|
| Cuota de autónomos | Cuota reducida del art. 38 ter: 80 €/mes en 2023–2025; desde 2026, la Ley de Presupuestos | 960 € si sigue en 80 €/mes |
| IAE | Exentas las personas físicas y los dos primeros años | 0 € |
| Impuesto de matriculación | Exentos los coches afectos exclusivamente al alquiler | 0 € si cumples los requisitos |
| Flota | Precio de compra, financiación o cuota de renting | Supuesto de 18.000 € por coche: 90.000 € de inversión |
| Seguros | Presupuesto de flota de tu corredor | Sin cifra: pide tres presupuestos |
| ITV | Turismos exentos hasta los 4 años | 0 € con coches nuevos |
| Local | Alquiler y licencia municipal | 0 € si empiezas con entrega (fuera de Canarias) |
| Software de gestión | Plan de Renviq | Free: 0 € (2 vehículos). Con 5 coches, Starter: 49 €/mes, 588 €/año |
| Gestoría | Presupuesto del asesor | Sin cifra: pide presupuesto |
Con 2 coches puedes quedarte en el plan Free. Es para evaluar el producto: 1 usuario, 10 reservas al mes y sin envío de correos. Los precios de todos los planes están en la página de precios.
Motos, scooters y barcos: qué cambia
- Motos y scooters. La libertad de ejercicio de la LOTT también las cubre. En Canarias, la comunicación previa del Decreto 72/2012 habla de vehículos de tres o más ruedas, así que pregunta al Cabildo qué te aplica si alquilas motos. Revisa el carné del cliente: el Reglamento General de Conductores permite conducir en España motos de categoría A1 con un permiso B de más de tres años. Las motos quedan exentas de ITV hasta los 4 años y los ciclomotores hasta los 3. El contrato de moto tiene su propia guía. El epígrafe 854.1 habla de «automóviles»: confirma con tu gestoría el que corresponde a motos o barcos.
- Barcos. Aquí sí hay un trámite estatal. Para alquilar embarcaciones de recreo de hasta 24 metros sin tripulación, presentas una declaración responsable en la sede del Ministerio de Transportes (Instrucción IS 3/2020). Las embarcaciones deben estar en la lista sexta, con certificados en vigor y seguros de responsabilidad civil y de accidentes de las personas embarcadas. Presentar la declaración te habilita de inmediato. Las embarcaciones afectas exclusivamente al alquiler también pueden quedar exentas del impuesto de matriculación.
Checklist de lanzamiento
- Forma jurídica decidida (autónomo o SL) y, si es SL, constituida.
- Modelo 036 presentado con el epígrafe IAE 854.1.
- Alta en la Seguridad Social y cuota reducida solicitada si te corresponde.
- Normativa de tu isla o comunidad revisada (Canarias: comunicación previa, 20 vehículos, local y garaje; Eivissa y Formentera: cupo).
- Licencia o declaración responsable municipal para el local o el aparcamiento, si la necesitas.
- Flota con el servicio «alquiler sin conductor» en el permiso de circulación.
- Exención del impuesto de matriculación revisada con la gestoría.
- Responsabilidad civil obligatoria y coberturas de daños contratadas para cada vehículo.
- Precios expuestos al público.
- Contrato, condiciones generales e inspección con fotos preparados.
- Acceso a la plataforma de registro de viajeros de Interior.
- Facturación con IVA o IGIC configurada.
- Canal de reservas directas activo.
- Alquiler de prueba completo hecho.
Errores que salen caros al empezar
- Comprar flota antes de confirmar las normas de la isla. En Canarias, un coche de más de un año no sirve para la comunicación inicial. En Eivissa y Formentera, sin cupo no puedes comercializarlo.
- Coches con servicio particular y seguro de particular. Si el permiso y la póliza no reflejan el alquiler, el primer siniestro puede quedarte sin cobertura.
- Renting que prohíbe subarrendar. Léelo antes de firmar, no después.
- Empezar sin inspección con fotos. La primera discusión por un arañazo la pierdes si no puedes probar el estado de la entrega.
- Gestionar la flota en una hoja de cálculo. Funciona con dos coches; con cinco empiezan las reservas dobles. En la comparativa de programas verás qué mirar al elegir.
Fuentes18 fuentes
Datos verificados el 15 de septiembre de 2026
- Ley 16/1987, de Ordenación de los Transportes Terrestres, art. 133 (BOE)
- Real Decreto 1211/1990, Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, art. 176 (BOE)
- Real Decreto Legislativo 1175/1990, tarifas del IAE, epígrafe 854.1 (BOE)
- Real Decreto Legislativo 2/2004, Ley Reguladora de las Haciendas Locales, art. 82 (BOE)
- Agencia Tributaria: supresión del modelo 037, declaraciones censales con el modelo 036
- Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo, art. 38 ter (BOE)
- Real Decreto-ley 13/2022, nuevo sistema de cotización de autónomos (BOE)
- Real Decreto Legislativo 1/2010, Ley de Sociedades de Capital, art. 4 (BOE)
- Real Decreto 920/2017, inspección técnica de vehículos, art. 6 (BOE)
- Real Decreto 2822/1998, Reglamento General de Vehículos, anexo II (BOE)
- Ley 38/1992, de Impuestos Especiales, art. 66 (BOE)
- Real Decreto Legislativo 8/2004, responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, art. 2 (BOE)
- Decreto 72/2012, Reglamento de la Ley de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias (BOC)
- Cabildo de Gran Canaria: arrendamiento de vehículos sin conductor
- Ley 5/2024, de control de la afluencia de vehículos en la isla de Eivissa (BOE)
- Ley 7/2019, para la sostenibilidad medioambiental y económica de la isla de Formentera (BOE)
- Ministerio de Transportes: arrendamiento náutico sin tripulación
- Real Decreto 818/2009, Reglamento General de Conductores (BOE)